El Banco de la República divulgó ayer 14 de febrero el Boletín No. 6, mediante el cual cual publica una reforma de los procedimientos cambiarios previstos en la Circular DCIN-83. Contiene muchas enmiendas, aunque la de mayor interés es la autorización para que las declaraciones de cambio (necesarias para la realización de operaciones de cambio entre Intermediarios del Mercado Cambiario y residentes en el país) se realicen por medios electrónicos (mensajes de datos) con sujeción a las reglas generales contenidas en la Ley 527 de 1999. Una de las mayores molestias para los clientes de los bancos que compraban o vendían divisas a los mismos era el tener que comparecer personalmente en la oficina del banco y diligenciar y firmar un formulario en papel. Con la nueva norma esto pasará al desván nacional, tal como el papel sellado y el impuesto de timbre (aunque éste puede revivir...).
Pueden consultarla en http://banrep.gov.co/documentos/reglamentacion/cambiaria/2012/6.pdf
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